lunes, 10 de julio de 2023

Empresa familiar: Manual para empresarios Claves legales para su correcta organización y su continuidad

Estimad@s amig@s

Sinopsis

Los autores de esta obra son Antonio J. Sánchez-Crespo Casanova, abogado especialista en Empresa Familiar del Despacho Sánchez-Crespo Abogados y Consultores, Antonio Ballber Sánchez y Alberto Marcelino Sánchez y Sánchez, abogados del despacho Schiller Abogados.
Su objetivo es proporcionar a los empresarios, de manera asequible y sistematizada, todas las claves necesarias, desde el punto de vista legal, para organizar la familia empresaria, la empresa familiar y el proceso de sucesión en ésta.

En el capítulo I, se desarrollan aspectos de gran relevancia en la regulación de las relaciones de los miembros de la familia empresaria, entre sí y con la empresa familiar: el Consejo de Familia y el Protocolo Familiar, así como el desarrollo de este último a través de las capitulaciones matrimoniales y el testamento del empresario, y de los estatutos sociales de la empresa.

En el capítulo II se parte del análisis de la estructura habitual de las empresas familiares y de los problemas de orden práctico que dicha estructura plantea. Se analiza también: La transición de esta estructura hacia otras más operativas, que optimizan la fiscalidad y facilitan la gestión de empresa: la "Sociedad Holding Familiar" y, en su caso, el "Grupo Fiscal de Empresas" Las operaciones de reorganización a ejecutar para alcanzar la estructura antes indicada, al amparo de un régimen fiscal neutro que permite su realización sin corte fiscal.

En el Capítulo III, se analiza la fiscalidad específica de la empresa familiar y sus titulares, así como los requisitos para alcanzar la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio por la propiedad de la empresa, y la posibilidad de realizar transmisiones lucrativas (donación o sucesión) bonificadas en un 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (o en un porcentaje superior en algunas Comunidades Autónomas).

Por último, el capítulo IV se dedica a estudiar, de manera muy esquemática, el régimen de Seguridad Social del empresario y sus familiares.

 

«Si estás tratando de formar una empresa,

 es un trabajo similar a hornear un pastel.

 Tienes que tener todos los ingredientes en la proporción justa»[i]

 

Introducción

Podemos considerar como empresa familiar

1.º Una familia posee una participación significativa de su capital social, normalmente la mayoría.

2.º Dicha participación permite a la familia ejercer el control político y económico sobre la empresa.

3.º La familia participa en la gestión de la empresa de manera activa, mediante el trabajo en la misma de alguno o algunos de sus miembros, generalmente en puestos directivos o en el órgano de administración.

4.º La familia propietaria desea que la empresa continúe en manos de la familia mediante la incorporación a la misma, tanto en la propiedad como en la gestión, de miembros componentes de las siguientes generaciones familiares.

 

Problemas propios

1.º La base social que subyace en la empresa: los miembros de una familia que son sus socios o participes.

2.º Las relaciones de sus socios entre sí: familiares-socios que, a su vez, pueden trabajar o no en la empresa.

3.º La vocación de continuidad generacional: participando los miembros de la familia tanto en la propiedad como en la gestión.

4.º Las relaciones entre la familia y la empresa: comprendiendo incluso a los miembros de la familia que no trabajan en la empresa y/o no son socios de la misma.   

 

Funciones básicas del protocolo familiar

1.   Respecto a los problemas previsibles: señalarlos y anticiparse a los mismos, estableciendo a priori la solución a aplicar cuando surjan.

2.   Respecto a los problemas no previsibles: establecer los cauces a seguir para alcanzar una solución negociada en caso de que se planteen.

 

La jubilación del empresario familiar pasa por dos hechos previos: su propia decisión de jubilarse y la preparación del sucesor frente de la empresa.

(…) pensar en la jubilación es el camino hacia el fin de su vida (…) saber que va a hacer cuando se jubile (…) estar convencido de que la empresa (su creación) sobrevivirá cuando el no este al frente (…)

(…) la decisión de planificar la sucesión se retrasa. Siempre hay algo urgente en el día a día de cualquier empresario que “impide” acometer lo importante: la planificación de la sucesión (…) la formación del sucesor y la preparación de la jubilación del empresario.

No se planifica la sucesión (…) ni se organiza ni se piensa en la jubilación. Como no se plantean actividades para la jubilación, está carece de atractivo, tampoco piensa en formar al sucesor (…) el sucesor se desmotiva, pierde interés en la empresa familiar (…) busca alternativas profesionales fuera de ella.

 

(…) sorprende que personas que con su voluntad, esfuerzo y dedicación han sido capaces de crear una empresa, hacerla crecer y consolidarla, no sean capaces, a veces, de sentarse a planificar la sucesión en su empresa y las relaciones de ésta con la familia (…)

 

«No puedes delegar

el cambio de empresa»[ii]

 

¿Cuántos aspectos legales de nuestras empresas familiares, se nos escapan?

 

No somos abogados, ni se espera que nosotros lo seamos., lo que si se espera de las personas de vértice es la correcta organización de la compañía, la preparación de un pul de sucesores llegado el momento, la mentorización del sucesor designado, la redacción del testamento, revisión del protocolo familiar, la constitución de un consejo de familia y si el tamaño así lo aconseja de una junta de familia.

 

Nos queda camino que andar para seguir haciendo más longevas a las empresas familiares. Sin duda manuales como el que nos ocupa son de gran ayuda.

 

«Las empresas excelentes no creen en la excelencia

−sólo en la mejora continua y el cambio constante»[iii]

 

Si el empresario quiere dar continuidad a la empresa familiar debe planificar y organizar adecuadamente las relaciones económicas del empresario y sus herederos con sus respectivos cónyuges, la sucesión del empresario, las relaciones entre los socios de la empresa y, en general, las relaciones familia-empresa y los órganos que han de servir para dirigir y encauzar dichas relaciones.

 

Tipología de pactos

a)  Pactos de fuerza moral,

b)  Pactos de fuerza contractual simple,

c)   Pactos con fuerza o eficacia frente a terceros[iv],

 

Conveniencia de firmar el protocolo familiar

1.º Delimitar los ámbitos de actuación de la familia y la empresa, evitando interferencias entre ellos.

2.º Despersonalizar u objetivar determinadas decisiones que, de ordinario, son susceptibles de provocar tensiones internas entre los miembros de la familia (…)

3.º Señalar los problemas que previsiblemente se pueden plantear en torno a la familia y a la empresa, así como la solución a los mismos.

4.º Establecer los cauces necesarios para resolver en el seno de la familia los eventuales problemas que se planteen y que no hayan sido previstos, garantizando que no alcancen a la empresa.

 

Otras consideraciones

― Ámbito del protocolo,

― Órganos de gobierno de la empresa,

― Órgano de gobierno de la familia[v],  

― Criterios a seguir para evitar la confusión de patrimonio familia-empresa,

― Situación de los miembros de la familia respecto a la empresa: designación del sucesor, si trabajan o trabajarán en la empresa, procedimiento de acceso, condiciones de acceso, puesto de trabajo que podrá desempeñar, criterios para fijar la retribución a percibir…

― Situación accionarial: distribución del capital y su incidencia en el gobierno de la empresa.

― Transmisión de acciones o participaciones en el capital social,

― Prevenciones a adoptar por los socios[vi],

― Política de dividendos de la empresa,

― Política de relaciones de la empresa con los miembros de la familia,

― Normas de revisión[vii] del protocolo para evitar que pierda vigencia,

 

Los estatutos sociales

1.º Las cláusulas de control de acceso al órgano de administración,

2.º Las cláusulas de control de acceso a los puestos del consejo,

3.º Las cláusulas de reforzamiento de quórums de la junta general y del consejo de administración,

4.º Cláusulas limitativas de la transmisión de acciones y participaciones sociales,

4.1.º Cláusulas de autorización o consentimiento de la sociedad,

4.2.º Cláusulas limitativas del adquiriente,

4.3.º Cláusulas de preferencia de administración a favor de los restantes socios o de la propia sociedad,

4.4.º Cláusulas de prohibición de transmisión voluntaria inter vivos de participaciones sociales,

4.5.º Cláusulas de prohibición de transmisión inter vivos de participaciones sociales,

5.º Cláusulas que modulen el régimen de los derechos de usufructo y prensa sobre acciones y participaciones sociales,

 

Sociedad holding familiar

a)  Posee al menos el 5% de los derechos de voto de la /s sociedades participadas.

b)  Esa posesión la tiene con la finalidad de dirigir y gestionar la participación.

c)   Dispone de la correspondiente organización de medios materiales y personales para ello.

d)  La /s entidades participadas no son trasparentes.

 

«El lema de mi empresa es

"Inspira al mundo a intentarlo"»[viii]

 

La Empresa familiar: Manual para empresarios

Claves legales para su correcta organización y su continuidad

Antonio J. Sánchez-Crespo Casanova

Antonio Bellver Sánchez

Alberto Marcelino Sánchez

DEUSTO

 

Link de interés

El consejo de familia y su función de gobierno en la Empresa Familiar

Trabajando el consejo de la Empresa Familiar

Hasta que la herencia nos separe conflictos, pasiones y vendettas

Protege tu herencia: Guía práctica para evitar errores y solucionar los problemas más comunes en herencias y testamentos

 

«Yo hago de nuestras tradiciones familiares

una prioridad»[ix]

 

ABRAZOTES


[i] Elon Musk

[ii] Christie Hefner

[iii] Tom Peters

[iv] Pactos con trascendencia registral

[v] Consejo de familia

[vi] Y en su momento por sus descendientes

[vii] Adecuarlo a los cambios que se hayan producido, tanto en el seno de la familia como en el de la empresa, para conseguir que nunca pierda actualidad y vigencia.

[viii] Scooter Braun

[ix] Martina McBride

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